Factura de la luz
El término de potencia: qué pagas aunque no enciendas nada
Es la única línea de la factura que no depende de ti una vez firmada: se cobra por kilovatio contratado y por día, vivas allí o no. También es la más fácil de reducir, y la que casi nadie revisa en diez años de contrato.
El término de potencia es lo que pagas por tener el suministro disponible. No mide electricidad: mide capacidad. Contratar 4,4 kW significa que la red se compromete a poder entregarte 4,4 kilovatios en cualquier instante, y esa reserva cuesta lo mismo si consumes 500 kilovatios hora al mes o si te vas todo agosto. Es la parte de la factura que se fija una vez, al firmar el contrato, y que después nadie vuelve a mirar.
Qué es la potencia contratada y qué la limita
La potencia es la electricidad que consumes a la vez, medida en kilovatios. La energía es la que consumes a lo largo del tiempo, medida en kilovatios hora. Un horno de 2.000 W encendido media hora demanda 2 kW de potencia y gasta 1 kWh de energía. Son dos magnitudes distintas y se facturan por separado: la potencia en esta línea de la factura y la energía en el término de energía.
Quien hace cumplir el límite es el interruptor de control de potencia (ICP). En los contadores digitales, que son la práctica totalidad de los suministros de menos de 15 kW, el ICP ya no es una caja aparte en el cuadro: es una función integrada en el propio contador, que la distribuidora configura a distancia con el valor que hayas contratado. Cuando la demanda instantánea supera ese valor durante el tiempo de respuesta del dispositivo, el contador abre el circuito y la vivienda se queda a oscuras.
Con contador digital puedes contratar cualquier potencia en escalones de 0,1 kW hasta los 15 kW que marcan el límite de la tarifa 2.0TD. Los valores tradicionales de 3,45, 4,6, 5,75 o 6,9 kW venían de los antiguos ICP mecánicos, calibrados en múltiplos de 5 amperios a 230 voltios. Siguen siendo los más frecuentes por inercia, no porque haya ninguna obligación de usarlos: entre 4,6 y 4,4 kW no hay ninguna diferencia técnica, solo 5,69 € al año de parte regulada.
Los dos periodos de potencia de la 2.0TD
Aquí está el detalle que más confusión genera y que casi ninguna guía aclara: la tarifa 2.0TD tiene tres periodos de energía (punta, llano y valle) pero solo dos de potencia. Y no coinciden. El periodo punta de potencia (P1) engloba las horas que en energía son punta y llano; el periodo valle de potencia (P2) coincide con el valle de energía.
| Periodo de potencia | Horario | Periodos de energía que abarca |
|---|---|---|
| P1, punta | De lunes a viernes laborables, de 8:00 a 24:00 | Punta (P1) y llano (P2) de energía |
| P2, valle | De lunes a viernes de 0:00 a 8:00, y todas las horas de sábados, domingos y festivos de ámbito nacional no sustituibles y de fecha fija, incluido el 6 de enero | Valle (P3) de energía |
La consecuencia práctica: si contratas una potencia menor en P2, el interruptor te limitará a ese valor durante la madrugada y los fines de semana enteros. Justo las horas en las que conviene concentrar la lavadora, el lavavajillas o la carga de un coche eléctrico. Los horarios completos de los tres periodos de energía están en punta, llano y valle.
La fórmula exacta
Los precios regulados se publican en euros por kilovatio y año, pero la factura se emite por días. La conversión es una división entre 365, sin ajuste por años bisiestos:
Fíjate en que la fórmula no contiene el consumo por ninguna parte. Un piso vacío con 4,4 kW contratados durante 30 días genera 10,28 € de término de potencia regulado antes de impuestos, más el margen de la comercializadora, más el alquiler del contador, más el IVA.
Peaje y cargo: el desglose que la factura no te enseña
El precio anual que ves es en realidad la suma de dos decisiones administrativas independientes. El peaje retribuye las redes de transporte y distribución y lo aprueba la CNMC. El cargo financia el resto de partidas del sistema (retribución específica a renovables, anualidad del déficit acumulado, compensación de los sistemas extrapeninsulares) y lo aprueba el Ministerio por orden. Se facturan sumados, pero cambian por separado y en normas distintas.
| Concepto | P1 punta (€/kW y año) | P2 valle (€/kW y año) | P1 (€/kW y día) |
|---|---|---|---|
| Peaje de transporte y distribución (CNMC) | 23,324952 | 0,44377 | 0,063904 |
| Cargo del sistema (Ministerio) | 4,379461 | 0,281653 | 0,011999 |
| Total regulado | 27,704413 | 0,725423 | 0,075903 |
El reparto es muy asimétrico: el peaje se lleva el 83,6 % del término de potencia regulado. Dicho de otro modo, la parte fija de tu factura es sobre todo el coste de mantener tendida y disponible la red eléctrica, no la financiación de las renovables, que pesa mucho más en el término de energía. Es lo contrario de lo que se suele afirmar, y se comprueba en el capítulo de impuestos, peajes y cargos.
El margen de comercialización
A esos precios regulados, la comercializadora suma su propio importe por kilovatio contratado y día. Es su retribución por gestionar el contrato, facturar, atender reclamaciones y asumir el riesgo de impago. No tiene valor oficial en el mercado libre: cada empresa fija el suyo y debe publicarlo en el registro de ofertas de la CNMC.
Algunas ofertas no lo cobran como línea separada, sino incorporado al precio del kilovatio hora. Otras lo cobran en el término de potencia, donde es menos visible porque el cliente compara sobre todo el precio del kWh. Para comparar dos ofertas de verdad, resta a cada precio de potencia diario los 0,075903 €/kW y día regulados de P1: la diferencia es el margen, y es lo único que estás negociando en esta línea.
Cuánto cuesta cada escalón de potencia
| Potencia contratada | Regulado (€/año) | Con impuestos (€/año) |
|---|---|---|
| 3,3 kW | 93,82 € | 119,32 € |
| 4,4 kW | 125,09 € | 159,10 € |
| 5,5 kW | 156,36 € | 198,87 € |
| 5,75 kW | 163,47 € | 207,91 € |
| 6,9 kW | 196,17 € | 249,50 € |
| 9,2 kW | 261,55 € | 332,66 € |
Cada 0,1 kW de más cuesta 2,84 € al año antes de impuestos y 3,62 € con ellos. Es el precio de la tranquilidad de no tener que apagar el horno para poner el lavavajillas, y conviene saberlo antes de decidir.
Ejemplo resuelto: bajar de 5,75 kW a 4,4 kW
Este es el ajuste más común en una vivienda sin cocina eléctrica de gran potencia ni aire acondicionado por conductos. La cuenta, con los valores de 2026 y la misma potencia en ambos periodos:
Los 48,81 € son solo la parte regulada. Si además tu comercializadora cobra margen por kilovatio contratado, el ahorro crece: con un margen supuesto de 3,00 €/kW y año, se suman 1,35 × 3,00 = 4,05 € antes de impuestos, que son 5,15 € con ellos. Total: 53,96 € al año por una llamada de teléfono.
Entra en la oficina virtual de tu distribuidora (no de tu comercializadora) con el CUPS. Ahí tienes las curvas de consumo horario de los últimos años. Busca la hora de mayor consumo registrado: si tu máximo histórico en un año entero está muy por debajo de la potencia contratada, te sobra. Ese dato es gratuito y es tuyo. También puedes reconstruir el efecto en la factura con la calculadora de la factura de la luz.
Cómo decidir la potencia adecuada
El método correcto no es mirar los metros cuadrados de la vivienda, sino sumar potencias que puedan coincidir:
- Lista los aparatos de alta potencia. Placa vitrocerámica o de inducción, horno, termo eléctrico, aire acondicionado, bomba de calor, lavadora y lavavajillas en fase de calentamiento, secadora, coche eléctrico. La cifra en vatios está en la placa de características del aparato o en su manual, no en internet.
- Identifica el peor momento real. No sumes todo: suma lo que de verdad puede funcionar simultáneamente en el momento más cargado del día, normalmente entre las 20:00 y las 22:00 de un día laborable de invierno.
- Añade el consumo de fondo. Frigorífico, iluminación, router, televisión y pequeños aparatos suman un valor modesto pero permanente que hay que contar.
- Redondea al alza en escalones de 0,1 kW. No hace falta saltar al valor tradicional siguiente. Si te salen 4,3 kW, contrata 4,4 y no 4,6.
- Contrasta con tu historial. Si en los últimos años nunca te ha saltado el interruptor y la curva de la distribuidora confirma que tu máximo es muy inferior, baja. Si te salta varias veces al año, la solución no es cambiar de hábitos: es subir.
En las tarifas de más de 15 kW, como la 3.0TD, el contador registra la potencia máxima demandada en cada periodo y se facturan los excesos sobre la contratada con un recargo. En la 2.0TD ese mecanismo no existe: la potencia se factura siempre sobre la contratada y el exceso sencillamente no ocurre, porque el interruptor corta antes. Si en una factura doméstica te aparece un concepto de exceso de potencia, es un error de facturación.
Cambiar la potencia: procedimiento y coste
La solicitud se presenta ante tu comercializadora, que la traslada a la distribuidora de tu zona. La distribuidora es quien la ejecuta reconfigurando a distancia el contador. El coste depende del sentido del cambio:
- Bajar la potencia. No devenga derechos de acceso ni de extensión, porque no estás pidiendo capacidad nueva a la red. Solo pueden cobrarte los derechos de enganche, por la actuación sobre el equipo de medida, cuyo importe está regulado y es pequeño.
- Subir la potencia. Se pagan derechos de extensión (por reforzar la red hasta el nuevo nivel) y derechos de acceso (por la nueva capacidad reservada), ambos por cada kilovatio de incremento sobre el máximo contratado anteriormente, más los derechos de enganche. Los precios unitarios los fija el Ministerio por orden y son los mismos para toda España.
- Volver a una potencia que ya tuviste. Si la instalación ya tenía reconocida esa capacidad, no se vuelven a pagar derechos de extensión por ella. Es la razón por la que bajar potencia no es una decisión irreversible y cara.
- Boletín eléctrico. Si la potencia nueva supera la máxima admisible que figura en el certificado de instalación eléctrica, hace falta un boletín actualizado firmado por un instalador autorizado, y ese coste es libre.
El Real Decreto 1955/2000 establece además una limitación temporal: con carácter general, la potencia contratada solo puede modificarse una vez cada doce meses. Las excepciones son los cambios derivados de una modificación de la estructura tarifaria y los que responden a un cambio en la potencia máxima admisible del suministro. Conviene tenerlo en cuenta antes de bajar mucho de golpe: si te quedas corto, tendrás que esperar.
El alquiler del equipo de medida
El contador pertenece a la distribuidora y se lo alquilas por día a un precio máximo regulado por orden ministerial. En la factura aparece como una línea propia, fuera de los dos términos, y tiene una particularidad fiscal que conviene comprobar: entra en la base del IVA pero no en la del impuesto especial sobre la electricidad, que se calcula solo sobre potencia y energía. Si en tu factura el alquiler está incluido dentro de la base del impuesto especial, te están cobrando de más.
El Real Decreto 1110/2007 permite instalar un equipo de medida en propiedad, siempre que esté homologado y verificado. En la práctica casi nadie lo hace: el ahorro anual del alquiler tarda muchos años en compensar el precio del equipo y su verificación periódica, y el titular pasa a asumir el mantenimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuánta potencia necesito en una casa normal?
Depende de cuántos aparatos de mucho consumo puedan funcionar a la vez, no de los metros cuadrados ni del número de habitantes. Suma la potencia que figura en la placa de características de los aparatos que realmente coincidirían en el peor momento del día: vitrocerámica u horno, lavadora o lavavajillas calentando agua, termo eléctrico, aire acondicionado. Si nunca te ha saltado el interruptor, tienes potencia suficiente o de sobra.
¿Qué pasa si me paso de la potencia contratada?
En la tarifa 2.0TD no te facturan un exceso: te corta. El interruptor de control de potencia, integrado en el contador digital, abre el circuito y la casa se queda sin luz. Se rearma apagando algún aparato y subiendo la palanca del interruptor general, y el suministro vuelve en unos minutos. No hay penalización económica ni aviso a la compañía.
¿Puedo contratar menos potencia por la noche que por el día?
Sí, la tarifa 2.0TD lo permite, pero rara vez compensa. El periodo valle de potencia cuesta unas 38 veces menos que el de punta, así que contratar 1 kW menos en valle apenas ahorra unos céntimos al año. A cambio, el interruptor limita tu consumo a esa potencia menor durante las horas de valle, que son justo cuando conviene poner la lavadora o cargar un coche eléctrico.
¿Cuánto tarda un cambio de potencia?
La comercializadora traslada la solicitud a la distribuidora, que es quien la ejecuta. Si se trata de bajar potencia o de subirla dentro de lo que admite tu instalación y el boletín eléctrico, suele resolverse en pocos días hábiles y sin visita: el contador digital se reconfigura a distancia. Si hay que actualizar el boletín o reforzar la instalación, se alarga.
¿Bajar la potencia cuesta dinero?
Bajarla no genera derechos de acceso ni de extensión, porque no pides capacidad nueva a la red. Puede devengar los derechos de enganche por la actuación sobre el equipo de medida, que son de importe pequeño y están regulados. Subir la potencia sí obliga a pagar derechos de acceso y de extensión por cada kilovatio de incremento sobre el máximo que hayas tenido contratado.
¿Por qué pago alquiler de contador si el contador ya está pagado?
Porque el equipo de medida es propiedad de la distribuidora, no tuya. El alquiler retribuye su instalación, su mantenimiento, su verificación periódica y su sustitución. Tiene un precio máximo fijado por orden ministerial y se cobra por día. La alternativa legal es comprar un contador homologado y darlo de alta, algo que casi nadie hace porque la amortización es muy larga.
¿El maxímetro se aplica a mi factura doméstica?
No. El maxímetro registra la potencia máxima demandada y se usa para facturar excesos en tarifas de más de 15 kW, como la 3.0TD. En la 2.0TD la potencia se factura siempre sobre la contratada, y el control de que no te pasas lo hace el interruptor cortando el suministro. Si en tu factura doméstica aparece un concepto de exceso de potencia, reclámalo.
Fuentes
Las cifras de esta página proceden de normativa publicada y de organismos oficiales. Enlazamos la fuente para que puedas comprobarlas tú.
- Resolución de la CNMC de 18 de diciembre de 2025, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2026, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Peaje de potencia de la 2.0TD: 23,324952 €/kW y año en P1 y 0,443770 €/kW y año en P2 Consultar Resolución de la CNMC de 18 de diciembre de 2025, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2026
- Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, por la que se establecen los cargos del sistema eléctrico para 2026, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Cargo de potencia de la 2.0TD: 4,379461 €/kW y año en P1 y 0,281653 €/kW y año en P2 Consultar Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, por la que se establecen los cargos del sistema eléctrico para 2026
- Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC, BOE. Define los dos periodos de potencia de la tarifa 2.0TD y su correspondencia horaria Consultar Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, BOE. Derechos de acceso, extensión, enganche y verificación, y régimen de las modificaciones de potencia contratada Consultar Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
- Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, BOE. Régimen de propiedad, verificación y alquiler de los equipos de medida Consultar Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico