ExplicadoTus documentos, línea por línea

Herramienta

Calculadora de la factura de la luz 2026 (tarifa 2.0TD)

Esta calculadora no compara ofertas: reconstruye tu factura línea a línea con los precios regulados oficiales de 2026 para que veas qué parte del importe depende de tu comercializadora y qué parte es igual para todo el mundo.

Rellena los datos que aparecen en tu factura. La calculadora reconstruye el importe con los precios regulados oficiales de 2026 y te dice qué porcentaje del total son peajes, cargos e impuestos, es decir, la parte que no cambia por mucho que cambies de compañía.

Datos de tu factura

Los valores de partida son los de una vivienda tipo. Sustitúyelos por los tuyos.

Periodo P1, de 8:00 a 24:00 los días laborables.
Periodo P2. Suele ser la misma que la de punta.
Los que indique el periodo de facturación.
Si tu oferta lleva un descuento porcentual.
El de tu contrato, sin peajes ni impuestos.
Déjalo en cero si tu factura no lo separa.
Aparece como una línea propia en la factura.
Servicios adicionales que se sumen antes del IVA.

Introduce al menos la potencia contratada para ver el desglose.

El orden en que se construye una factura eléctrica

Casi todas las confusiones con la factura de la luz vienen de no respetar el orden. No es una lista de importes que se suman de cualquier manera: es una cascada en la que cada escalón se calcula sobre el anterior.

  1. Término de potencia. Potencia contratada en cada periodo × días facturados × precio por kW y día. El precio regulado se publica en euros por kW y año, así que hay que dividirlo entre 365.
  2. Término de energía. Consumo de cada periodo × (peaje + cargo + precio de la energía de tu comercializadora).
  3. Descuentos. Si tu oferta los tiene, se aplican sobre los dos términos anteriores, antes de impuestos.
  4. Impuesto especial sobre la electricidad. Un 5,11269632 % sobre la suma de potencia y energía, con un mínimo de 1 €/MWh para usos que no sean industriales.
  5. Alquiler del equipo de medida y otros conceptos. Se suman ahora, después del impuesto eléctrico.
  6. IVA. Un 21 % sobre todo lo anterior, impuesto eléctrico incluido.

Ese orden está desarrollado con un ejemplo completo en impuestos, peajes y cargos.

Para qué sirve el porcentaje regulado

El resultado incluye una cifra que no verás en ninguna comparativa comercial: qué parte de tu factura son peajes, cargos e impuestos. Es el dato que pone las ofertas en su sitio.

Cómo leerlo

Si en tu factura el 60 % del importe es regulado, una oferta que te prometa "un 20 % de descuento en la luz" solo puede aplicar ese descuento sobre el 40 % restante, y muchas veces solo sobre una parte de ese 40 %. El ahorro real queda en un dígito. Esa es la razón de que dos comercializadoras rara vez se diferencien tanto como sugiere su publicidad, y de que bajar la potencia contratada o mover consumo a valle suela dar más resultado que cambiar de compañía.

Comparar dos ofertas correctamente

La única forma de comparar dos tarifas sin equivocarse es reconstruir ambas con tu consumo, no con un consumo tipo. El procedimiento:

  1. Coge tus doce últimas facturas y suma el consumo de cada periodo. Si no las tienes, tu distribuidora está obligada a darte tus curvas de consumo horario.
  2. Calcula la factura con los precios de la oferta A.
  3. Repite con los precios de la oferta B, dejando idénticos potencia, días y consumos.
  4. Compara únicamente la línea de energía y el margen de potencia: el resto es igual en las dos.
  5. Añade después lo que no está en el precio: permanencias, descuentos que caducan al año, servicios de mantenimiento incluidos "gratis" el primer año.

La CNMC mantiene un comparador oficial de ofertas alimentado con los precios que las comercializadoras están obligadas a comunicar, útil como punto de partida neutral. El criterio para elegir entre precio fijo, indexado y PVPC lo desarrollamos en PVPC o mercado libre.

Preguntas frecuentes

¿De dónde saco los datos que me pide?

Todos están en tu factura. La potencia contratada de punta y valle aparece en la cabecera o en el detalle del término de potencia. Los días facturados y el consumo por periodo, en el detalle de la facturación. Los precios de energía por periodo, en el desglose de conceptos o en tu contrato. Si tu factura no separa por periodos, pide el detalle a tu comercializadora: está obligada a facilitarlo.

¿Por qué no me sale exactamente el mismo total que en mi factura?

Lo normal es quedarse a céntimos. Las causas habituales de desviación son el redondeo línea a línea que aplica cada comercializadora, un cambio de precios regulados a mitad del periodo facturado, servicios adicionales contratados, el bono social, regularizaciones de lecturas anteriores o el alquiler de equipos distintos del contador.

¿Sirve para una tarifa indexada o para el PVPC?

Sirve para ver la estructura, pero con una salvedad importante: en una tarifa indexada o en el PVPC el precio de la energía cambia cada hora, así que no existe un precio único por periodo. Lo que puedes hacer es introducir el precio medio por periodo que figure en tu factura, que es el dato que la comercializadora está obligada a mostrarte.

¿Qué es el margen de comercialización de potencia?

Es un importe fijo por kilovatio contratado y día que la comercializadora añade al peaje y al cargo regulados para cubrir su actividad. En el PVPC está fijado por norma; en el mercado libre lo fija cada empresa y puede ir incluido en el precio de potencia que figura en tu contrato. Si tu factura ya te da un precio único por kW y día, deja este campo en cero e introduce ese precio como potencia regulada.

¿Incluye el alquiler del contador?

Sí, si lo introduces. El alquiler del equipo de medida es un precio regulado que depende del tipo de contador y que la distribuidora repercute a través de tu factura. Se suma después del impuesto eléctrico y antes del IVA, que es exactamente donde lo coloca la calculadora.

¿Por qué el IVA se aplica también sobre el impuesto eléctrico?

Porque la base imponible del IVA en el suministro eléctrico incluye los demás tributos que recaen sobre la operación, y el impuesto especial sobre la electricidad es uno de ellos. No es un error de tu comercializadora ni una anomalía española: es la regla general de determinación de la base imponible del IVA.

Fuentes

Las cifras de esta página proceden de normativa publicada y de organismos oficiales. Enlazamos la fuente para que puedas comprobarlas tú.

  1. Resolución de 18 de diciembre de 2025, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2026, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia Consultar Resolución de 18 de diciembre de 2025, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad para 2026
  2. Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, por la que se establecen los cargos del sistema eléctrico para 2026, BOE Consultar Orden TED/1524/2025, de 23 de diciembre, por la que se establecen los cargos del sistema eléctrico para 2026
  3. Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC, sobre la estructura de los peajes de acceso a las redes de electricidad, BOE Consultar Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC, sobre la estructura de los peajes de acceso a las redes de electricidad
  4. Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, capítulo del Impuesto Especial sobre la Electricidad, BOE Consultar Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, capítulo del Impuesto Especial sobre la Electricidad

Sigue por aquí